Quiebra

Abogados especializados en bancarrota del Capítulo 13 en Arkansas

Te ayudamos a reorganizar tus deudas

Abogados especializados en bancarrota del Capítulo 13 en Arkansas

La bancarrota del Capítulo 13 es adecuada para usted si cuenta con ingresos suficientes para seguir haciendo sus pagos, pero se ha atrasado y necesita una oportunidad para ponerse al día. Este capítulo le permite reorganizar su situación financiera. Podrá pagar sus deudas atrasadas en un plazo de tres a cinco años. Si cumple con los términos de su plan de pago, las deudas restantes podrían quedar exoneradas.

El bufete de abogados Caddell Reynolds lleva más de 25 años prestando servicios a los habitantes de Arkansas. Nuestros abogados especializados en bancarrotas del Capítulo 13 en Arkansas se dedican a ayudar a las personas a encontrar soluciones a sus problemas y a empezar de nuevo en la vida.

Todo el mundo quiere liberarse de una deuda agobiante. Contamos con oficinas en todo Arkansas y prestamos servicio a clientes de todo el estado, incluyendo Jonesboro, Fort Smith, Fayetteville y Rogers. Ponte en contacto con nosotros en una de nuestras oficinas más cercanas para concertar una consulta.

Asegura tu futuro

¿Listo para hablar sobre su caso?

Nombre
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario
Este campo permanece oculto al visualizar el formulario

Acerca de la quiebra del Capítulo 13

¿Tus deudas te tienen atrapado en una situación desesperada en la que no puedes hacer frente a tus pagos? ¿Estás atrasado en los pagos de tu hipoteca o de tu auto? ¿Tus ingresos actuales te impiden solicitar la protección del Capítulo 7?

El Capítulo 13 ofrece a las personas la posibilidad de separar sus deudas. Los gastos que deben pagarse para mantener una propiedad, una vivienda familiar o incluso conservar un vehículo pueden separarse en un procedimiento de quiebra del Capítulo 13. El bufete de abogados Caddell Reynolds cuenta con una trayectoria probada en ayudar a las personas a navegar por todos los trámites legales necesarios para lograr una reorganización efectiva de sus deudas.

Una opción habitual en los casos de quiebra

La bancarrota del Capítulo 13 es una opción habitual en materia de quiebras que evita la liquidación de los bienes. En la mayoría de los casos, el Capítulo 13 permite a los consumidores y deudores conservar todos sus bienes mediante la presentación de un plan de reorganización de buena fe. A diferencia del Capítulo 7, el Capítulo 13 permite a las personas alcanzar sus objetivos financieros en un plazo de entre 3 y 5 años.

El plan del Capítulo 13 tiene en cuenta los ingresos de la persona para determinar qué deudas deben pagarse y cuáles no. Esto significa que el deudor, de buena fe, propone un plan con la intención de completarlo en un plazo de entre 3 y 5 años. En muchos casos, no es necesario pagar a los acreedores no garantizados, como las deudas de tarjetas de crédito, las deudas médicas y otros tipos de obligaciones de deuda.

Se designa a un administrador del Capítulo 13 para el caso. Este revisará el plan de pago propuesto por el deudor para asegurarse de que esté pagando lo que debe según el Código de Quiebras.

El plan permite consolidar todas las deudas que deben pagarse en un solo pago que el administrador del Capítulo 13 se encargará de abonar en su nombre, salvo la cuota hipotecaria actual. Una vez completado el plan del Capítulo 13, las deudas restantes que no puedan o no deban pagarse quedan liberadas de forma definitiva, y los acreedores o cobradores no podrán reclamarlas.

Póngase en contacto con el bufete de abogados Caddell Reynolds para una consulta gratuita y averiguar si reúne los requisitos para un plan de pago del Capítulo 13, de modo que podamos ayudarle a superar sus dificultades económicas. Nuestro objetivo es ayudarle a conservar su vivienda, su vehículo y el resto de sus bienes.

Alternativas a la quiebra

Muchas personas recurren a la quiebra cuando son demandadas por un acreedor o un cobrador de deudas. En el bufete de abogados Caddell Reynolds, evaluaremos si declararse en quiebra es la opción adecuada para usted. En muchos casos, estas demandas de cobro pueden defenderse con éxito utilizando las normas procesales estatales que exigen que el acreedor o el cobrador demuestren su caso de acuerdo con las Reglas de Evidencia, algo que, en muchas ocasiones, no pueden hacer.

Su caso se evaluará a la luz de las leyes federales de protección al consumidor, como la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas. Mediante estas estrategias de defensa, las personas pueden evitar que la declaración de quiebra aparezca en su informe crediticio. Además, esto puede ayudarle a conservar las relaciones existentes con los acreedores con los que mantiene una buena relación, y a evitar la pérdida de su capacidad crediticia durante años después de que concluya el proceso de quiebra. El bufete de abogados Caddell Reynolds ofrece una consulta gratuita para evaluar estas y otras alternativas a la declaración de quiebra.

Abogados especializados en abusos en la gestión de hipotecas

Muchos propietarios se enfrentan a una ejecución hipotecaria. Lo que quizá no sepas es que varias entidades hipotecarias y administradoras de hipotecas cuentan con un software de contabilidad deficiente, lo que les impide corregir adecuadamente los errores en la asignación de los pagos. De hecho, a las administradoras de hipotecas les puede resultar más rentable mantener al deudor en situación de incumplimiento.

El bufete de abogados Caddell Reynolds cuenta con una trayectoria probada en la defensa frente a compañías hipotecarias, bancos y administradores de hipotecas. Lucharemos con determinación para salvar su vivienda y sus bienes. Ofrecemos una consulta gratuita para evaluar los hechos y determinar cuál es la mejor manera de representarlo. Nuestro bufete ha dedicado gran parte de su práctica a la defensa contra ejecuciones hipotecarias.

Modificaciones hipotecarias

Desde la crisis económica de 2007, los propietarios de viviendas de todo el estado de Arkansas y del país han solicitado modificaciones hipotecarias a sus entidades hipotecarias o administradoras para poder ponerse al día con sus hipotecas en mora. Tras meses o años de negociar con una entidad hipotecaria o administradora para modificar su hipoteca, es posible que le denieguen la modificación. También es posible que se encuentre con un atraso en el pago de su hipoteca aún mayor que antes de iniciar el proceso de modificación.

Lo que muchos propietarios de viviendas e inmuebles no saben es que existen leyes y reglamentos federales destinados a protegerlos frente a las circunstancias a las que se enfrentan. El bufete de abogados Caddell Reynolds ofrece una consulta gratuita para evaluar los detalles de su caso. Determinaremos qué medidas se pueden tomar para lograr una modificación a la que usted podría tener derecho en virtud de la legislación o la normativa federal.

Muchas personas se ven aún más en apuros tras meses o años atrapadas en el proceso de renegociación. Se han promulgado leyes de protección al consumidor que pueden protegerte y evitar que pierdas tu vivienda u otros bienes.

En el bufete de abogados Caddell Reynolds, ofrecemos una consulta gratuita para ayudarte a decidir cuál es la mejor manera de proceder. Llámanos hoy mismo al 479-336-6071.

3 datos esenciales que debes saber sobre la bancarrota del Capítulo 13

¿Cómo ayuda la bancarrota del Capítulo 13 a los deudores?

La bancarrota del Capítulo 13 permite al deudor establecer un plan aprobado por el tribunal para saldar sus deudas, o al menos, la mayor parte posible. Una vez concluido ese plan, el tribunal eximirá al deudor de cualquier responsabilidad futura respecto a la mayoría de los tipos de deudas no garantizadas restantes. Otras formas en que el Capítulo 13 ayuda a los deudores incluyen:

  • La suspensión automática. Cuando un deudor se acoge al Capítulo 13 de la Ley de Quiebras, las acciones de cobro por parte de sus acreedores deben cesar. Esta "suspensión automática" prohíbe, entre otras cosas, cortar el suministro de servicios públicos, desalojar a un inquilino, ejecutar una hipoteca, iniciar o continuar un proceso judicial, e incluso exigir el pago por teléfono o por correo.
  • Ventajas para los propietarios. La presentación de una solicitud de quiebra en virtud del Capítulo 13 ofrece ventajas especiales a los propietarios que se enfrentan a una ejecución hipotecaria. La suspensión automática impide que el prestamista inicie un proceso de ejecución hipotecaria contra la vivienda. Además, se permite al deudor pagar las cuotas atrasadas de la hipoteca durante un plazo razonable tras la presentación de la solicitud.
  • El plan de pago es vinculante. Una vez que el tribunal aprueba un plan de pago, este es legalmente vinculante tanto para el deudor como para sus acreedores. Esto significa que los acreedores no pueden intentar cobrar las deudas del deudor fuera del procedimiento del Capítulo 13.

¿Cuáles son los requisitos del plan de pago?

El plan de pago es la base para que una quiebra del Capítulo 13 sea exitosa. Al elaborar un plan de pago, que debe ser aprobado por el tribunal de quiebras, el Código de Quiebras de los Estados Unidos exige que los deudores incluyan ciertas disposiciones. A continuación se describen algunos de esos requisitos.

  • El momento oportuno. El plan de pago debe presentarse al mismo tiempo que la solicitud o en un plazo de 14 días a partir de esa fecha.
  • Duración. La duración de un plan de pago depende de los ingresos mensuales promedio del deudor durante los seis meses anteriores a la declaración de quiebra. Si sus ingresos son inferiores a la mediana de ingresos del estado en el que reside, el plan suele tener una duración de tres años. De lo contrario, será de cinco años.
  • Importe del reembolso. El monto de la deuda que debe cubrir el plan depende del tipo de deuda en cuestión. A tal efecto, las deudas se dividen en tres tipos de créditos: créditos prioritarios, créditos garantizados y créditos no garantizados. Los créditos prioritarios deben pagarse en su totalidad en virtud del plan de pago. Entre los créditos prioritarios se incluyen, por ejemplo, los impuestos, las pensiones alimenticias y los costos del proceso de quiebra. Un crédito garantizado se refiere a una deuda que está garantizada por un activo, conocido como garantía. Los préstamos para la compra de automóviles son deudas garantizadas, por ejemplo, porque el prestamista tiene derecho a recuperar el automóvil si el deudor no paga el préstamo. Dependiendo del tipo de préstamo en cuestión, el deudor debe pagar el valor actual de la garantía o realizar el pago total del préstamo. Un crédito no garantizado es una deuda que no está respaldada por una garantía. La deuda de tarjetas de crédito es un ejemplo común de deuda no garantizada. Los créditos no garantizados no tienen que ser pagados en su totalidad según el plan, pero el acreedor debe recibir al menos lo mismo que habría recibido si el deudor se hubiera acogido a la Quiebra del Capítulo 7.

¿Qué pasa cuando finaliza el plan?

Como se ha mencionado anteriormente, el plan de pago en una quiebra del Capítulo 13 suele tener una duración de tres o cinco años. Al finalizar ese período, si el deudor ha realizado todos los pagos exigidos por el plan, el tribunal le eximirá de cualquier responsabilidad futura respecto a la mayoría de los tipos de deudas no garantizadas. Sin embargo, la exención no se aplica a todas las deudas. Algunas de las principales deudas que no se eximen en una quiebra del Capítulo 13 incluyen:

  • Manutención infantil y pensión alimenticia
  • Impuestos
  • Préstamos para estudiantes
  • Deudas que el deudor no incluyó en su declaración
  • Determinadas indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de lesiones personales o fallecimiento causados por el deudor

Además, incluso en el caso de las deudas que normalmente pueden ser exoneradas en una quiebra del Capítulo 13, la exoneración no es posible en todas las circunstancias, como por ejemplo cuando:

  1. El deudor no completó un curso de gestión financiera;
  2. El deudor ha obtenido la exoneración de sus deudas en un procedimiento de quiebra conforme al Capítulo 7, 11 o 12 en los últimos cuatro años; o
  3. El deudor obtuvo la exoneración de sus deudas en otro proceso de quiebra del Capítulo 13 en los dos años anteriores.
testimonios

Lo que dicen nuestros clientes

Agradecemos la confianza que nuestros clientes han depositado en nosotros a lo largo de los años.